Frecuentemente los profesionales de la Seguridad y Salud en el Trabajo nos encontramos con el dilema del ¿por qué hacer lo que hacemos?. Es bien sabido que las empresas en Colombia “tienen” que implementar un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo, so pena de ser sancionada por incumplir lo establecido en el Decreto 1072, Libro 2, Parte 2, Título 4, Capítulo 6 y en la Resolución 0312 de 2019. Esta obligatoriedad ha hecho que se desvíe la atención a las razones y la importancia de que exista realmente un Sistema de Gestión orientado a prevenir las enfermedades y los accidentes y a procurar el mejoramiento de la gestión al respecto en las organizaciones. Consideramos como empresarios que el gobierno “pide demasiado” y “no deja trabajar con tanto requisito y requerimiento”. Esto puede ser en parte justificado debido a la compleja normativa que nuestro país ha desarrollado. Sin embargo, es importante reconocer que respecto a la Seguridad y Salud en el Trabajo Colombia es un país pionero en requerir que este tema sea abordado por las empresas más allá de la simple comparación y aplicación de disposiciones mínimas de otros países latinoamericanos. Debemos reconocer el impacto que para las empresas tienen las pérdidas generadas por la inadecuada gestión del ambiente laboral, la salud y las condiciones del trabajo; pérdidas que se ven materializadas con el incremento del ausentismo, elevada rotación de personal, reprocesos y retrabajos, deterioro del clima, sanciones y demandas, sin contar con los daños reputacionales y el fracaso en el cumplimiento de la función social que tienen las empresas en nuestro entorno.
¿Cuál es la diferencia de lo que se pide ahora con respecto a lo que existía?
En Colombia, la normatividad exigía que las organizaciones desarrollaran un “Programa de Salud Ocupacional”. Esto significa, que a partir de una Política de Salud Ocupacional, la organización definía un “documento” que debía contener:
- Objetivos
- Actividades
- Recursos
- Tiempos y responsables
Y este documento debía ser implementado. Ahora con la nueva normativa, no hablamos sólo de Programa de Salud Ocupacional, sino de un Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo. Esto en términos prácticos, significa que se debe definir desde el más alto nivel de la organización una serie de acciones encaminadas a la mejora continua del sistema de gestión. Es decir, implementar una dinámica PHVA (Planear-Hacer-Verificar-Actuar), ciclo de mejora continua basado en los sistemas de gestión de calidad. Lo que se busca es que más que un “documento” exista una dinámica de trabajo orientada al mejoramiento de todo lo relacionado con el ambiente y las condiciones de trabajo y salud de las organizaciones y sus empleados. Este Sistema de Gestión se debe alinear a la estrategia, para hacer que al final los objetivos generales y la estrategia de la organización de cumplan. En el fondo, es reconocer que las organizaciones son seres vivientes, que no pueden vivir si alguno de sus órganos falla, que todo el sistema debe estar funcionando sincrónicamente. Esos órganos son sus procesos, sus empleados, sus clientes, sus partes interesadas, etc. Las organizaciones existen para generar beneficios, pero ¿a quiénes? ¿a sus dueños? ¿a sus trabajadores? ¿al estado? ¿a los clientes?, la respuesta a esta pregunta podría no ser excluyente. Reconocer la importancia de la función social que tienen las empresas en el desarrollo de la calidad de vida de los paises y con esto, velar porque todas las partes interesadas de la organización ganen con el desarrollo de su objeto social, es identificar el papel que desempeña la adecuada gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo.
MARCELA RIOS URREA – Master en Prevención de Riesgos, Ambiente y RSC, Auditor Líder HSEQ
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